Que reforma la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de acciones de inconstitucionalidad promovidas por los ayuntamientos.Presentador:
Dip. Claudia Rivera Vivanco (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer que las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por el equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de un Ayuntamiento, en contra de una norma general o por Reglamentos expedidos por el propio órgano.

