Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.Presentador:
Dip. Alejandra Chedraui Peralta (PVEM)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto considerar la resiliencia climática para efecto de la formulación y conducción de la política ambiental, expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en la materia. Entre lo propuesto destaca: 1) definir los términos: i) -resiliencia climática- como la capacidad de las personas y las comunidades para resistir, adaptarse y recuperarse frente a los impactos del cambio climático; y, ii) - principio de resiliencia climática- como toda política, programa, norma y autorización la cual deberá incorporar criterios para reducir la vulnerabilidad y aumentar la capacidad adaptativa frente a escenarios climáticos actuales y futuros; 2) estipular que los programas de ordenamiento ecológico regional deberán contener, por lo menos, el Atlas de Riesgo Climático y proyecciones de escenarios del INECC para identificar zonas no aptas para asentamientos humanos por riesgo alto de inundación, deslizamiento, sequía o elevación del nivel del mar, entre otros; y, 3) considerar en el establecimiento de áreas naturales protegidas programas de Adaptación y Resiliencia Climática. Para tal fin modifica los artículos 3, 15, 20 bis 3, 36 y 45 de la Ley.

