Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas.Presentador:
Dip. Laura Irais Ballesteros Mancilla (MC)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto fortalecer el concepto de desplazamiento climático interno. Entre lo propuesto destaca: 1) definir el concepto de -víctima climática- como la persona, grupo o comunidad afectada en sus derechos humanos, bienes jurídicos, medios de vida o condiciones de existencia digna como consecuencia de fenómenos relacionados con el cambio climático, desastres socioambientales, degradación ambiental o movilidad humana inducida por dichos fenómenos; 2) determinar que en casos de desplazamiento climático o desastres socioambientales, la reparación integral deberá considerar medidas de restitución territorial, reconstrucción comunitaria, recuperación ambiental, restablecimiento de medios de subsistencia y garantías de no repetición frente a riesgos climáticos; y, 3) establecer que en casos de desplazamiento climático o desastres socioambientales, las medidas colectivas deberán orientarse a la recuperación territorial, ambiental, cultural y comunitaria de las poblaciones afectadas. Para ello modifica los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 26 y 27 de la Ley General de Víctimas.

