Por el que exhorta a la Secretaría de Educación Pública a reconsiderar la conclusión anticipada del ciclo escolar 2025-2026 e implementar medidas integrales que garanticen el derecho constitucional a la educación, la corresponsabilidad institucional en materia de cuidados y la protección efectiva de niñas, niños y adolescentes.Presentador:
Dip. José Guillermo Anaya Llamas (PAN)
Aspectos Relevantes:
El legislador propone exhortar a la Secretaría de Educación Pública a: 1) reconsiderar con carácter de urgencia la conclusión anticipada del ciclo escolar 2025-2026 programada para el 5 de junio de 2026, que implica una deducción de aproximadamente cinco semanas lectivas respecto del calendario ordinario, valorando sus impactos educativos, económicos, sociales y de género, particularmente sobre niñas, niños adolescentes y mujeres cuidadoras; 2) a presentar, en u plazo de 20 días hábiles, un análisis técnico público que contenga de manera exhaustiva e inapelable: a) justificación pedagógica basada en evidencia empírica; b) impacto presupuestario detallado y destino de los recursos no ejercidos; c) evaluación de impacto social diferenciado por género, nivel socioeconómico y zona geográfica; d) medidas compensatorias diseñadas e implementadas para mitigar la pérdida de aprendizajes; y e) proceso de consulta con comunidades educativas: actas, convocatorias y participantes; 3) en coordinación con las autoridades educativas de todas las entidades federativas, a diseñar e implementar, antes del inicio del receso escolar anticipado, mecanismos compensatorios concretos, suficientes y verificables, que incluyan sin excepción: a) programas de reforzamiento académico focalizado en matemáticas, comprensión lectora y ciencias, especialmente en escuelas con menor rendimiento; b) actividades pedagógicas complementarias estructuradas, con participación docente remunerada, para el periodo no presencial; c) recuperación documentada de los contenidos curriculares prioritarios no cubiertos, con seguimiento de autoridades educativas estatales; d) indicadores de seguimiento y evaluación con resultados reportados antes del inicio del ciclo escolar 2026-2027; y 4) a la Secretaría de las Mujeres, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos estatales, a elaborar y publicar, en un plazo no mayor a 30 días hábiles, una evaluación integral del impacto diferenciado de la conclusión anticipada del ciclo escolar sobre: a) las cargas de trabajo doméstico y de cuidados no remunerado asumidas por mujeres; b) la participación económica y laboral de las mujeres, particularmente en hogares monoparentales; y c) las trayectorias educativas de niñas y adolescentes expuestas a mayor riesgo de abandono escolar durante el periodo de receso extendido.

