Jueves 04 de junio de 2026
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act. Actualizar

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Presentador:
Dip. Francisco Javier Farias Bailón (MC)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto implementar medidas sobre tapas no separables en envases plásticos de bebidas. Entre lo propuesto destaca: 1) señalar que se entenderá por tapa no separable o tapón unido permanentemente al envase: Son aquellos componentes del envase plástico de bebidas diseñado mediante ecodiseño para permanecer unido al cuerpo del envase durante toda su vida útil, evitando su separación durante el consumo, transporte, acopio o disposición final, con el fin de prevenir su dispersión en el ambiente y facilitar su reciclaje; 2) emitir normas sobre la obligación de incorporar tapas no separables en envases de hasta tres litros, así como los criterios de diseño, verificación y plazos de implementación correspondientes; 3) Alentar la innovación sobre acciones de rediseño orientadas a evitar la separación de componentes susceptibles de dispersión, particularmente mediante la adopción de tapas no separables en envases plásticos de bebidas hasta e tres litros; 4) indicar que los envases plásticos de bebidas hasta de tres litros que se fabriquen, importen, distribuyan o comercialicen en territorio nacional deberán incorporar tapas no separables, diseñadas para permanecer unidas al envase durante toda su vida útil. La obligación prevista en este artículo constituye una medida de prevención de residuos y de ecodiseño, en el marco de la responsabilidad extendida del productor; y, 5) indicar que los productores, importadores y envasadores deberán garantizar que los envases sujetos a esta disposición ingresen a un solo flujo de reciclaje, conforme a los principios de circularidad y valorización establecidos en esta Ley.