Domingo 24 de agosto de 2025
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act. Actualizar

Que reforma la fracción II del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.
Presentador:
Dip. María Teresa Ealy Díaz (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer que las madres trabajadoras tendrán como derecho laboral disfrutar de un descanso de seis semanas anteriores y doce semanas posteriores al parto, debiendo percibir su salario íntegro. Entre lo propuesto destaca: 1) indicar que a solicitud expresa de la trabajadora se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo, salvo que por causas médicas sea necesario conservar las seis semanas previas. En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta quince semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente; 2) establecer que conservarán el puesto que desempeñaban, sólo si contaban con titularidad en la plaza, siempre que no haya transcurrido más de un año de la fecha del parto; 3) proponer que las instituciones de cuidado infantil, incluyendo guarderías y centros de atención infantil, ajusten sus horarios de atención para coincidir con los turnos de trabajo De las empleadas y empleados. Esto con el objetivo de facilitar la conciliación laboral y familiar, garantizando que las trabajadoras puedan acceder a los servicios de cuidado infantil durante sus horarios laborales, sin incurrir en perjuicio o desplazamiento adicional; y, 4) señalar que los horarios de las guarderías deberán ser adaptables y flexibles, coordinándose con las empresas o empleadores para establecer turnos que cubran los horarios laborales de las trabajadoras y trabajadores.