Lunes 06 de octubre de 2025
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act. Actualizar

Que reforma los artículos 1o., tercer párrafo, 4o., fracción VIII, 18, 19, primer párrafo, 44, fracciones I, II y IV, y 63, fracción VI, de la Ley General de Turismo, en materia de urbanismo inclusivo y sustentable.
Presentador:
Dip. Melva Carrasco Godínez (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto garantizar que en la planificación y desarrollo urbano turístico se priorice un diseño universal y sustentable. Para ello propone: 1) contemplar que los procesos que se generan por la materia turística serán una actividad prioritaria nacional que, bajo el enfoque socioambiental y económico genera desarrollo regional sustentable; 2) observar que será una atribución del Poder Ejecutivo federal, que se ejerce a través de la Secretaría de Turismo promover la infraestructura y equipamiento, que contribuyan al fomento y desarrollo de la actividad turística, bajo un enfoque centrado en la persona, considerando un diseño universal de accesibilidad, movilidad sustentable y habitabilidad ambiental; 3) señalar que la Secretaría de Turismo, con el apoyo y en coordinación de las dependencias y entidades competentes, promoverá que, en la prestación de servicios turísticos, se implemente el diseño universal, garantizando que todas las personas, independientemente de su condición, puedan acceder plenamente a dichos servicios; 4) determinar que los prestadores de servicios turísticos deberán asegurar las condiciones necesarias para implementar el diseño universal de manera que todas las personas, incluidas aquéllas con discapacidad, cuenten con accesibilidad a los servicios en condiciones adecuadas; 5) plantear que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo tendrá las siguientes funciones: a) elaborar estudios y proyectos que permitan identificar las zonas y áreas territoriales y de servicios susceptibles de ser aprovechadas en proyectos productivos y de inversión en materia turística adoptando un enfoque de responsabilidad social y sustentabilidad que los haga viables a largo plazo; b) crear y consolidar desarrollos turísticos conforme a los planes maestros de desarrollo, en los que habrán de considerarse los diseños urbanos y arquitectónicos del lugar con enfoque sustentable y universal; y, c) ejecutar obras de infraestructura y urbanización sustentable; y, 6) agregar que corresponderá a la Secretaría de Turismo promover la competitividad de la actividad turística, y en coordinación con las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, fomentar la realización de acciones para favorecer las inversiones y proyectos turísticos sustentables de alto impacto en el sector.