| |
A | Oficio En el lenguaje parlamentario mexicano, es el medio de comunicación formal con el que se remite al Congreso de la Unión cualquier información o documento, o se le solicita atención sobre asuntos de su interés y que son competencia del Poder Legislativo. Los oficios son de distinta naturaleza y pueden provenir de las dependencias del Ejecutivo Federal, de los congresos de los estados, de los gobiernos municipales o estatales, de los órganos de gobierno del Poder Legislativo, de los órganos constitucionales autónomos o de los partidos políticos. El Reglamento para el Congreso Interior del Congreso General señala que todas las iniciativas o indicaciones del Ejecutivo Federal deberán dirigirse a las cámaras por medio de oficio. Fuente(s):
|
B | |
C | |
D | |
E | |
F | |
G | |
I | |
J | |
L | |
M | |
N | |
O | |
P | |
Q | |
R | |
S | |
T | |
U | |
V | |