Miércoles 18 de junio de 2025
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Por el que reforma y deroga diversas disposiciones de los artículos 17, 61, 74, 108, 110, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentador:
Diputados: Puntos Constitucionales
Aspectos Relevantes:
La comisión aprueba eliminar la figura del fuero y su respectiva remoción -o declaratoria de procedencia-. Entre las propuestas destacan: 1) nadie puede ser sancionado con pena privativa de libertad por deudas de carácter puramente civil, ni por las conductas que atenten contra el honor de las personas, tales como la difamación, la calumnia y la injuria; 2) el Presidente de cada Cámara velará por el respeto y la inviolabilidad de los recintos parlamentarios; 3) se deroga declarar si ha o no lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delito en los términos del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 4) no se les establecerán prerrogativas o tratos procesales especiales cuando incurran en cualquier tipo de responsabilidad o en la probable comisión de delitos a los servidores públicos que desempeñen empleo, cargo o comisión en las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; 5) podrá ser sujeto de juicio político el Presidente de la República y para la aplicación de las sanciones, la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, previa declaración de la mayoría calificada del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara; 6) se observarán los principios, derechos y garantías procesales que esta Constitución establece a toda persona para imputar penalmente, durante el tiempo del encargo, al Presidente de la República; así como a los titulares de los Ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas, en su caso los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales; y a los presidentes municipales, regidores, síndicos, alcaldes y concejales; 7) cuando el juez determine la vinculación a proceso a alguno de los servidores públicos señalados se le podrá imponer cualesquiera de las medidas cautelares que señale el Código Nacional de Procedimientos Penales, salvo la prisión preventiva y la suspensión temporal en el ejercicio del cargo, hasta en tanto no se dicte sentencia condenatoria o bien termine el periodo para el cual fue electo o nombrado. Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concederá a la persona privada de su libertad la gracia del indulto. En ningún caso se impedirá el ejercicio de las funciones y facultades inherentes a la deliberación o voto en los órganos colegiados del poder público al que pertenezca el servidor público imputado o acusado; 8) en demandas del orden civil o cualquier otra distinta a la materia penal, que se entablen en contra de los servidores públicos, se observarán los procedimientos correspondientes; y, 9) la responsabilidad por delitos cometidos durante el tiempo del encargo por cualquier servidor público será exigible de acuerdo con los plazos de prescripción consignados en la Ley penal, que nunca serán inferiores a tres años. Para ello reforma los artículos 17, 61, 74, 108, 110, 111, 112 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Observaciones:
Contempla las iniciativas presentadas por la Dip. Claudia Edith Anaya Mota y el Dip. Benjamín Medrano Quezada (PRI), el 02 de agosto de 2017; por el Dip. Daniel Torres Cantú (Independiente), 16 de agosto de 2017; por el ciudadano Carlos Augusto Morales López, el 14 de noviembre de 2017; por el Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC), el 16 de noviembre de 2017; por la Dip. Rosalinda Muñoz Sánchez (PRI), el 14 de diciembre de 2017; por la Dip. Ana Georgina Zapata Lucero (PRI), el 27 de febrero de 2018; por el Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC), el 04 de abril de 2018; por las diputadas Lorena Corona Valdés (PVEM), Lía Limón García (PVEM) y el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM), el 12 de abril de 2018; por el Dip. Carlos Iriarte Mercado (PRI), el 12 de abril de 2018; por el Dip. Daniel Ordoñez Hernández (PRD), el 12 de abril de 2018; y, por el Dip. José Hernán Cortés Berúmen (PAN), el 12 de abril de 2018.