Lunes 09 de junio de 2025
Minuto a Minuto Legisladores Comisiones Organos de gobierno

Búsquedas de asuntos Proceso legislativo Enlaces
act. Actualizar

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley de Migración para mejorar las condiciones de salud y apoyar con programas especiales de educación cultural y nutrición a las niñas, niños y adolescentes de jornaleras agrícolas y trabajadoras del hogar migrantes o integrantes de grupos étnicos.
Presentador:
Dip. Juan Ignacio Samperio Montaño (MC)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto implementar programas de apoyos especiales de educación y nutrición a niñas, niños, adolescentes y jóvenes hijos de familias migrantes de grupos étnicos, así como garantizar el respeto de los derechos humanos de grupos étnicos y discapacitados. Entre lo propuesto destaca: 1) obligar a que las personas empleadoras colaboren con las autoridades de salud y educación de conformidad de lo que dispongan las leyes y reglamentos para la implementación de los programas referidos; 2) estipular que las autoridades educativas, en coordinación con las autoridades culturales, promoverán la creación de mecanismos que fomenten la identidad y la difusión de sus culturas, a fin de fortalecer los vínculos con sus comunidades de origen; 3) prohibir la ejecución o autorización cualquier acto que impida mejorar las condiciones de salud de las personas trabajadoras migrantes de grupos étnicos, así como los programas en la materia que implementen la Federación, las entidades federativas o los municipios en términos de la Constitución y la leyes; 4) puntualizar que el contrato de trabajo del hogar se establecerá sin distinción de condiciones, al tratarse, entre otros, de integrantes de grupos étnicos; 5) señalar que el reglamento de esta ley deberá establecer los mecanismos para que las personas indígenas residentes y las migrantes, puedan mantener, en términos de la legislación aplicable, la ciudadanía mexicana y el vínculo con sus comunidades de origen; y, 6) establecer como principio de la política migratoria del Estado mexicano, el respeto irrestricto de los derechos humanos de grupos étnicos y discapacitados. Para tal fin se modifican los artículos 132, 133, 283, 284, 331 Ter, 337 y 337 Bis de la Ley Federal del Trabajo; y, 2 y 113 de la Ley de Migración.