Martes 08 de julio de 2025
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act. Actualizar

Que reforma la fracción VI del artículo 2° y adiciona el artículo 51 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Presentador:
Congreso de Michoacán
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto actualizar la denominación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Se agrega un nuevo artículo para precisar que todo vehículo con permiso para circular por los caminos y carreteras del país, como autotransporte de carga, sólo podrá hacerlo con un remolque o semirremolque, con excepción de aquellos que por la dimensión o volumen de lo que transporta requiera más de uno. Para tal caso la Secretaría, deberá otorgar el permiso correspondiente.