Martes 07 de octubre de 2025
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act. Actualizar

Que adiciona un artículo 50 Bis a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
Presentador:
Dip. Luis Enrique Miranda Barrera (PVEM)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto garantizar que los concesionarios y permisionarios que presten el servicio público de transporte ferroviario de pasajeros deberán proporcionar información clara y accesible sobre los horarios, tarifas, condiciones del servicio, así como de los derechos y obligaciones de los usuarios. Para ello, deberán incluir de forma visible y legible, en la parte posterior del boleto físico o en formato digital, un texto claro y conciso que detalle los derechos fundamentales de los pasajeros.