Que adiciona el numeral 4 al artículo 125 del Reglamento de la Cámara de Diputados.Presentador:
Dip. María de los Ángeles Ballesteros García (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer que las versiones estenográficas de las comparecencias en el pleno y en las comisiones deberán ser remitidas al titular del Ejecutivo federal y a los servidores públicos comparecientes en un lapso no mayor a 30 días hábiles posteriores a la celebración de la misma; para su conocimiento.

