Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Salud y a la Ley del Sector Eléctrico, en materia de personas electrodependientes.Presentador:
MC
Representante:
Dip. Gustavo Adolfo De Hoyos Walther (MC)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto definir como persona electrodependiente a quien, por causa médica certificada, requiere suministro eléctrico continuo para el funcionamiento de uno o más dispositivos médicos indispensable para conservar la vida o evitar un daño grave e inminente a la salud. Entre lo propuesto destaca: 1) determinar que la Secretaría de Salud administrará el Registro Nacional de Personas Electrodependientes por Razones de Salud y expedirá certificados con vigencia temporal o permanente, atendiendo a la circunstancia de la persona interesada; 2) indicar que la Secretaría de Salud y el Registro Nacional de Población instrumentarán un intercambio automatizado de datos para la verificación de vigencia del registro y defunción de la persona beneficiaria; 3) incluir que la Comisión Nacional de Energía (CRE), con base en la metodología vigente, determinará y publicará una modalidad tarifaria doméstica denominada tarifa doméstica electrodependiente (TDE), aplicable a servicios domésticos del domicilio donde resida una persona electrodependiente inscrita en el registro nacional; y, 4) resaltar que la CFE establecerá los mecanismos para llevar a cabo el alta, modificación y baja de los medidores sujetos a TDE, de conformidad con los certificados que emita la Secretaría de Salud. Para ello adiciona los artículos 180 Bis de la Ley General de Salud; y, 159 Bis de la Ley del Sector Eléctrico.
Observaciones:
Suscrita por diputadas y diputados, integrantes del grupo parlamentario de MC.

