Que reforma los artículos 353-B y 353-C de la Ley Federal del Trabajo, en materia de derechos laborales y protección a la salud mental de médicos residentes.Presentador:
Dip. Gilberto Herrera Solórzano (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto reconocer los derechos laborales de los médicos residentes, prevenir el acoso y hostigamiento, y asegurar que cuenten con condiciones mínimas de protección y bienestar durante su residencia médica. Entre lo propuesto destaca: 1) indicar que las relaciones laborales entre los médicos residentes y las unidades médicas receptoras se regirán por las disposiciones previstas en la Ley Federal del Trabajo; 2) determinar que en un plazo no mayor a 30 días posteriores a la fecha en la que el médico residente sea aceptado en la unidad médica receptora se deberá firmar el contrato laboral correspondiente, mismo que deberá cumplir con todas las formalidades de la ley, por duplicado y proporcionar uno al médico residente; y, 3) señalar los derechos especiales de los médicos residentes, que deberán consignarse en los contratos que se otorguen, entre ellos: a) gozar con al menos un día de descanso a la semana, así como a los días de descanso obligatorio previstos en esta ley; b) firmar y recibir un duplicado del contrato; c) recibir un trato digno y respetuoso por parte del personal de la Unidad Médica Receptora de Residentes y no ser objeto de hostigamiento, acoso o discriminación durante el ejercicio de su residencia; d) recibir atención de salud mental en la Unidad Médica Receptora. Dicha atención será estrictamente confidencial y su historial médico no será compartido salvo consentimiento expreso del médico residente. El profesional de la salud mental que brinde a atención al médico residente no deberá tener conflicto de interés con el paciente.

