Martes 13 de enero de 2026
Minuto a Minuto Legisladores Comisiones Organos de gobierno

Búsquedas de asuntos Proceso legislativo Enlaces
act. Actualizar

Que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Presentador:
Dip. Alejandra Chedraui Peralta (Morena)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto incorporar a los deportes electrónicos como una disciplina formal dentro del sistema deportivo nacional. Para ello propone: 1) definir los siguiente conceptos: a) cultura física como el conjunto de bienes, conocimientos, ideas, valores y actividades que permitan el desarrollo integral de las capacidades físicas, motrices, cognitivas y sociales de las personas, incluyendo aquellas que se realizan mediante el uso de tecnologías digitales, plataformas electrónicas o entornos virtuales que promuevan prácticas deportivas y recreativas; y, b) deporte electrónico/digital como el conjunto de actividades físicas, mentales y digitales organizadas, orientadas al desarrollo de capacidades psicomotrices, cognitivas y sociales, realizadas individual o colectivamente, con fines recreativos, competitivos, formativos o de alto rendimiento; 2) determinar que mediante el Sinade se promoverán mecanismos de integración institucional y sectorial para fomentar, promover y estimular el desarrollo de la activación física, la cultura física, el deporte, incluyendo el deporte digital; 3) plantear que la Conade promoverá y coordinará acciones con las autoridades competentes en materia de propiedad intelectual, con el fin de garantizar el desarrollo ordenado de los deportes electrónicos, sin afectar los derechos exclusivos de creadores de contenido, desarrolladores tecnológicos o plataformas digitales; 4) apuntar que las asociaciones o federaciones de deportes electrónicos procurarán el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Conade para su reconocimiento oficial, salvaguardar la integridad de los participantes y observar la normatividad en materia de derechos digitales, publicidad, propiedad intelectual, uso de plataformas y protección de menores; y, 5) añadir que la Secretaría de Salud y la Conade procurarán la existencia y aplicación de programas preventivos relacionados con enfermedades y lesiones derivadas de la práctica deportiva, incluyendo el deporte digital. Para tal fin modifica los artículos 5, 13, 30, 54 Bis y 108 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.