Jueves 04 de junio de 2026
Minuto a Minuto Legisladores Comisiones Organos de gobierno

Búsquedas de asuntos Proceso legislativo Enlaces
act. Actualizar

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.
Presentador:
Sen. Maki Esther Ortiz Domínguez (PVEM)
Aspectos Relevantes:
La iniciativa tiene por objeto establecer que los usuarios que requieran hospitalización en cualquiera de las unidades médicas del Sistema Nacional de Salud tendrán derecho a ser acompañados por una persona familiar, designada por el propio usuario. Para ello propone: 1) indicar que las personas familiares acompañantes tendrán, de manera enunciativa y no limitativa, los siguientes derechos: a) ser informadas de sus derechos y obligaciones, por la unidad médica correspondiente; b) tener acceso continuo a salas de espera debidamente habilitadas, durante todo el tiempo que permanezca internado su familiar; y, c) visitar de manera presencial a su familiar hospitalizado, en horarios flexibles, previamente acordados con la unidad médica correspondiente; 4) señalar que todas las unidades médicas que tengan servicios de hospitalización deberán contar con salas de espera debidamente habilitadas, con acceso directo a sanitarios, ventilación adecuada, agua potable, enchufes eléctricos, conectividad a internet y capacidad suficiente para permitir la espera y pernocta en condiciones dignas e higiénicas, de por lo menos una persona familiar acompañante por cada paciente hospitalizado; y, 3) agregar que los usuarios y, en su caso, las personas familiares que los acompañen, tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen. Para tal fin modifica los artículos 51, 51 Bis y 51 Bis 1 de la Ley General de Salud.