Jueves 04 de junio de 2026
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Por el que exhorta a los congresos locales de las entidades federativas a fortalecer la tipificación, precisar los alcances del delito de maltrato y crueldad animal, e incrementar las sanciones correspondientes, así como a las autoridades estatales y municipales a fortalecer políticas públicas integrales de prevención del maltrato y la crueldad animal.
Presentador:
Dip. Miguel Ángel Sánchez Rivera (MC)
Aspectos Relevantes:
El legislador propone exhortar a: 1) los congresos de las entidades federativas a realizar las especificaciones necesarias en sus Códigos Penales Locales a fin de que se sancione todo acto que implique crueldad o maltrato de animales domésticos; 2) los congresos de Nayarit, Oaxaca, Baja California, Querétaro y Yucatán a incrementar las sanciones previstas en sus Códigos Penales para el delito de crueldad y maltrato animal; 3) los congresos de las 32 entidades federativas a incluir como agravante del delito de maltrato animal cuando el sujeto activo videograbé o fotografié el hecho para difundirlo por cualquier medio físico o digital, con el propósito de exhibirlos, lucrar con ellos o provocar daño moral a la sociedad; y 4) los congresos de las entidades federativas, así como a las autoridades estatales y municipales competentes, a diseñar, implementar y fortalecer políticas públicas integrales de prevención del maltrato y la crueldad animal, que incluyan campañas permanentes de educación y sensibilización en todos los niveles educativos, jornadas de esterilización y control poblacional de animales, capacitación a servidores públicos en materia de protección animal, asó como mecanismos accesibles y eficaces de denuncia ciudadana, y a atención temprana frente al maltrato y la crueldad animal.