Viernes 18 de septiembre de 2026
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act. Actualizar

Que reforma el artículo 11 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
Presentador:
Cámara de Senadores
Aspectos Relevantes:
La Cámara de Senadores aprueba el dictamen por el que se establece la obligación de las autoridades educativas federales y de las entidades federativas, en coordinación con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, de garantizar y promover que la educación indígena y afromexicana sea intercultural y plurilingüe en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, la cual deberá ser obligatoria, gratuita, integral y con pertinencia social, cultural y lingüística. En ese mismo sentido, promoverá las medidas necesarias para que en el sistema educativo se garantice una educación inclusiva y humanista, en términos de igualdad sustantiva, así como el respeto a la dignidad e identidad de las personas, a la diversidad y a los derechos lingüísticos, libre de discriminación y racismo. Finalmente se establece que, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las autoridades educativas federales y de las entidades federativas, coadyuvarán en la promoción y fortalecimiento de la educación indígena y afromexicana, intercultural y plurilingüe.
Observaciones:
Contempla el dictamen a discusión aprobado en la Cámara de Senadores, el 14 de septiembre de 2026.