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Miércoles 10 de diciembre de 2025 20:01
14:52:09
Está a discusión la minuta que reforma el Artículo Segundo del -Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, y se señalan las características de la moneda de veinte pesos-, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992.
14:50:59
Se remite al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
14:50:42
Queda aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor, 16 votos en contra y 0 votos en abstención, la minuta que reforma el Artículo Tercero del -Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos; y de uno, dos, cinco y diez pesos-, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos.
14:49:36
Se procede a la apertura del sistema electrónico con el objeto de recoger la votación nominal de la minuta que reforma el Artículo Tercero del -Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos; y de uno, dos, cinco y diez pesos-, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos.
14:44:03
Desde tribuna la Sen. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) hace notar que la práctica común que se ha hecho en el Senado es que de bote pronto se anota cualquier asunto en el Orden del Día. Señala que esto es lamentable. Recrimina al oficialismo que no respeta a las minorías. Pide que se respete a la parte de la población que representa la oposición. Sostiene que la mayoría tiene una gran soberbia. Expone que hasta a las monedas se le va a bajar la calidad. Recrimina al coordinador de la Jucopo que no sabe operar políticamente.
14:42:09
Hace uso de la palabra la Sen. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) para referirse a la minuta que reforma el Artículo Tercero del -Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos; y de uno, dos, cinco y diez pesos-, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos.
14:40:22
La intervención del Sen. Waldo Fernández González (PVEM) se insertará en el diario de los debates.
14:39:56
En votación nominal se aprueba por 73 votos a favor, 28 votos en contra y 0 votos en abstención, considerar de urgente resolución y la discusión de inmediato la minuta que reforma el Artículo Segundo del -Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, y se señalan las características de la moneda de veinte pesos-, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992.
14:39:14
En votación nominal se aprueba por 73 votos a favor, 28 votos en contra y 0 votos en abstención, considerar de urgente resolución y la discusión de inmediato la minuta que reforma el Artículo Tercero del -Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos; y de uno, dos, cinco y diez pesos-, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos.
14:36:26
Se procede a la apertura del sistema electrónico con el objeto de recoger la votación nominal para considerar de urgente resolución y la discusión de inmediato la minuta que reforma el Artículo Segundo del -Decreto que reforma el inciso b) del artículo 2° de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, y se señalan las características de la moneda de veinte pesos-, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1992.
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